OBLIGACIONES ESPECÍFICAS ART. 75 LTAIPEC Inicio OBLIGACIONES ESPECÍFICAS ART. 75 LTAIPEC Artículo 75. (LTAIPEC) Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, los sujetos obligados del Poder Ejecutivo del Estado deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información: